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Paralización de camiones por accidentes. Criterio de probabilidad en la reclamación.

23/07/2019

Camiones

Se reclama muy a menudo indemnización de perjuicios por paralización de vehículos de transporte. En ocasiones, esa indemnización por lucro cesante es muy difícil de acreditar. Se debe tener en cuenta el criterio de probabilidad.

Tras un accidente de tráfico, un camión quedó paralizado durante 80 días sin que fuera posible trabajar con él. Pertenece a un trabajador autónomo que no ha podido ejercer su actividad de transportista durante ese tiempo. Entre los perjuicios que sufrió estaba la pérdida del beneficio dejado de obtener (lucro cesante).

La actual jurisprudencia no es tan estricta como antes en las reclamaciones por lucro cesante por paralización de un vehículo de este tipo, pues se presupone que se ejerce la actividad con la finalidad de obtener una beneficio y que es razonable pensar que el vehículo hubiera realizado portes durante el tiempo que estuvo parado y ello aunque no se acrediten los portes que se han perdido.

En la valoración de esos perjuicios se ha evolucionado desde el criterio más estricto al actual criterio de probabilidad o razonabilidad, para no cargar sobre la víctima la obligación de acreditar unos perjuicios que muchas veces son difíciles de justificar, dada la propia naturaleza de la actividad de transporte. Se parte de la base de que la paralización durante 80 días, por ejemplo, ha causado perjuicios al transportista aunque no estén probados rigurosamente. Partiendo de este principio, las diferentes sentencias toman caminos diversos en la valoración de ese perjuicio, dependiendo de las circunstancias del transportista, su especialización, etc. Unas veces se toman los perjuicios acreditados durante la paralización o los promedios de ingresos de períodos anteriores. Incluso en algunas ocasiones se establece un importe de perjuicio por día de paralización de forma estimativa.

Por nuestra parte añadiremos que a la hora de efectuar estas reclamaciones hay que diferenciar los gastos fijos en que se incurre por la paralización y los beneficios que se habrían obtenido. Sobre esa base se puede articular una reclamación en todos los casos de paralización y necesariamente habrá que contar con un informe pericial económico-contable.

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