01/02/2024
Los Tribunales reconocen a los varones el complemento de la pensión. Equiparación con el complemento de maternidad de las mujeres jubiladas con al menos 2 hijos
Desde el 1 de enero de 2016, las mujeres jubiladas que hubieran tenido al menos dos hijos son beneficiarias del denominado complemento de maternidad. Gracias a una Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los varones jubilados también tienen derecho a ese complemento. Los requisitos son que se jubilaran entre el día 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 y que tengan dos hijos como mínimo. Además, el Tribunal Supremo ha concedido recientemente una indemnización de 1.800 euros a los varones jubilados en caso de que la Seguridad Social rechace injustamente el complemento.
El motivo del reconocimiento del complemento es que no puede existir desigualdad de trato a los varones que cumplen los mismos requisitos. Ahora bien, el INSS no está atendiendo ese derecho de los jubilados y no acepta reconocer el derecho al complemento de “paternidad” a los varones. Multitud de varones jubilados se están viendo obligados a acudir a reclamar al Juzgado de lo Social por la injusta desestimación de ese derecho. Los Juzgados de lo Social, así como los Tribunales Superiores y el Tribunal Supremo vienen respaldando con contundencia la aplicación de un extra de la pensión que oscila entre el 5 y el 15% en función del número de hijos. Y, además, lo hacen con efectos retroactivos desde la fecha de la jubilación.
Todas las Sentencias obligan al INSS a abonar el importe atrasado de los complementos desde la fecha de jubilación hasta la fecha de su reconocimiento. El jubilado ve aumentar su pensión en el porcentaje que corresponde. Y además, ante tan injusta denegación por parte del INSS, se ha comenzado a condenarles una indemnización por daños y perjuicios de 1.800 euros.
Seguimos presentado reclamaciones de complemento de paternidad, pues aunque este derecho hace tiempo que se ejercita, todavía no lo conocen todos los afectados.