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ACCIDENTE EN CARRERA DE MOTOS. Se condena a la Administración por autorizar una prueba de motos en un circuito abierto.

30/09/2015

carrera de motos

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha declarado la responsabilidad patrimonial de la administración por autorizar una carrera de motos en pistas forestales abiertas al público y en la que falleció un participante.

Un participante en la carrera de motos falleció al colisionar contra un vehículo que circulaba por la pista forestal, pues la pista se encontraba abierta al tráfico. Precisamente la autorización dada para esa carrera no preveía el cierre de la pista forestal. El tribunal imputa causa de responsabilidad al hecho de permitir una carrera en un espacio de circulación abierta, donde se debían respetar las normas de circulación, pero a la vez se trataba de una carrera de velocidad.

La autorización para la carrera en esos términos no se debió de producir por el riesgo que se estaba generando y por ello se considera que la administración involucrada tiene que indemnizar por el fallecimiento del participante en la carrera de motos. También se declara la responsabilidad del organizador de la carrera por promover una prueba deportiva de velocidad en unas condiciones inadecuadas y generadoras de riesgo para los participantes. Y todo ello, pese haberse advertido a los pilotos que debían respetar las normas de circulación, pues se considera que resultaban de imposible cumplimiento en una prueba deportiva de esas características. Sentencia TSJ Aragón, Secc. 3ª, de 13 de abril de 2015.

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