Los tribunales vienen entendiendo como delito de "stalking" los supuestos de acoso y hostigamiento telefónico con el completo conocimiento de que se violenta al hacerlo la decisión del destinatario de no recibir tales llamadas y con la intención de imponer la voluntad del remitente, ocasionando al destinatario una perturbación en su tranquilidad y sosiego y una imposición de una conducta a la que aquél no tiene derecho alguno, constituye una modalidad de vis compulsiva que reúne todos los elementos que definen al delito de coacciones, que son los siguientes:
Ante la imposibilidad a priori de determinar los supuestos que constituyen abuso de confianza, deslealtad y transgresión de la buena fe contractual, como causa de despido disciplinario, es la casuística jurisprudencial la que nos da el conocimiento preciso de la concurrencia de la causa de despido por vulneración del deber de buena fe. A continuación exponemos una relación detallada, pero no limitativa, de los supuestos que han sido considerados jurisprudencialmente como causa de despido.